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La duda razonable que absolvió a Carlos Vielmann

El tribunal español deliberó durante exactamente tres semanas. Los tres magistrados estuvieron de acuerdo en que siete presos de Pavón y tres fugados de El Infiernito fueron ejecutados por las fuerzas de seguridad guatemaltecas entre 2005 y 2006. Que hubo asesinatos no se discute. Pero discreparon sobre el papel jugado por el exministro de Gobernación en esa época. La mayoría conservadora, con dos de los tres votos, acabó imponiendo su visión de que el exfuncionario no pudo prever que los reos serían ejecutados y por tanto nunca pudo salvar sus vidas. El magistrado progresista argumentó que se obviaron pruebas clave.

Juicio Vielmann P258

Carátula de la sentencia del caso contra Carlos Vielmann.

Aquí puede leer toda la cobertura del caso Vielmann en Madrid.

Concepción Espejel y Juan Pablo González, los dos magistrados conservadores que absolvieron a Carlos Vielmann, razonaron así: las ejecuciones extrajudiciales de delincuentes ocurrieron y existen tres papeles diferentes que el exministro estuvo en posición de ejercer.

Uno: Pudo dar las órdenes.
Dos: pudo saber que los asesinatos iban a ocurrir y no impedirlos.
Tres: pudo no saber nada.

Según los dos magistrados, los dos primeros escenarios pueden ser ciertos. “La acusación (del MP, la CICIG y la fiscalía española) concluye que el acusado (Vielmann) ordenó, autorizó, permitió o manifestó aquiescencia con los asesinatos. Sin duda es una deducción compatible con los indicios con los que se cuentan”, exponen la sentencia.

Sin embargo, los magistrados Espejel y González, consideraron que tan probable son los dos primeros escenarios, como el tercero. Ante la posibilidad de que Vielmann pudo no saber, decidieron absolver. In dubia pro reo: ante la duda, se debe favorecer el reo.

En su opinión, las siete muertes ocurridas durante la toma de Pavón en 2006 y los tres asesinatos de reos fugados de El Infiernito, sucedidos un año antes, son atribuibles a grupos “incontrolados enquistados en las instituciones” del Estado. Los dos magistrados consideran que los hechos ocurrieron con un “cierto nivel de improvisación”, no formaron parte de un plan de “limpieza social” orquestado desde la cúpula del Ministerio de Gobernaciòn.

Eso explicaría por qué solo fueron asesinados tres de los 19 reos que participaron en la fuga de El Infiernito; por qué no fueron ejecutados todos los miembros del Comité de Orden y Disciplina que gobernaba Pavón, solo algunos, y por qué, en cambio, sí murieron reos que no tenían nada que ver con los líderes del penal. El móvil de los hechos ocurridos durante la toma Pavón, según los juzgadores, pudo ser económico: “apropiarse de los fondos que las víctimas pudieron tener ocultos en sus viviendas”.

“Es razonable pensar que los autores materiales de las muertes actuaran sin control de sus superiores esperando que su actuación fuera convalidada a posteriori por los máximos responsables del operativo”, concluye la sentencia.

Ante la posibilidad “razonable” que Carlos Vielmann no supiera lo que iba ocurrir y por tanto no pudiera evitar los crímenes, los dos magistrados decidieron absolver.

Los magistrados Espejel y González, que han ocupado cargos de representación de los jueces españoles a nombramiento del conservador Partido Popular, también valoraron que Vielmann fue un “reformador” de la policía, que creó la Inspectoría de la institución para controlar a los agentes, y sobre todo, que formó parte de un gobierno que promovió la llegada al país de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG).

La CICIG, artífice de este caso y tan duramente criticada por Vielmann, se convirtió así, en uno de los argumentos para la absolución del exministro.

El voto discrepante

El razonamiento de Ricardo de Prada, el juzgador progresista que no estuvo de acuerdo con sus dos compañeros, en realidad, no fue muy distinto. Él también sostuvo que las ejecuciones ocurrieron y compartió los escenarios uno y dos descritos por los otros magistrados: Vielmann pudo ser el autor intelectual de los asesinatos o pudo permitir conscientemente que ocurrieran. Su punto, sin embargo, es el siguiente: el escenario tres (que el Ministro no sabía nada) no es factible.

En su opinión, es cierto que Vielmann pudo desconocer cómo las ejecuciones iban a ocurrir, o a quién se iba a asesinar, pero no puede negar que sí conocía la existencia de estructuras como las de los comisarios Víctor Soto Diéguez o Víctor Rivera, o las del director y subdirector policiales Erwin Sperisen y Javier Figueroa. Estructuras que cometían crímenes de manera rutinaria, según concluyeron los investigadores de la CICIG. A Sperisen y Figueroa, de hecho, fue Carlos Vielmann quien los designó.

El magistrado De Prada, por tanto, introdujo una tercera posibilidad: el exministro no hizo nada para combatir a estos grupos y por tanto se colocó en posición de “ignorancia deliberada”.

Pudo desarticular los escuadrones de la muerte dentro de su Ministerio y salvar vidas, pero no lo hizo, según el magistrado, porque prefirió beneficiarse políticamente de su actuación.

“Se quiso elevar (los asesinatos) desmedidamente a la categoría de espectáculo ejemplificador en beneficio de sus intereses políticos (de Carlos Vielmann) y los del gobierno del que formaba parte (de Óscar Berger y Eduardo Stein)”, se expone en el voto razonado de la sentencia.

Para el magistrado de Prada, el tribunal debió elegir entre uno de estos tres escenarios. Tenía que elegir entre tres razones para condenarlo, pero condenarlo siempre, y si no lo hizo, fue porque los dos magistrados conservadores optaron por obviar o no dar credibilidad a una parte importantes de las pruebas presentadas por la fiscalía.

Lo que el tribunal no vio

Los magistrados Espejel y González decidieron no creer al testigo clave de la CICIG: un funcionario del Sistema Penitenciario llamado Alfredo Linares Pérez, quien presenció cómo Vielmann, de madrugada en Pavón, saludaba a los encapuchados que cometieron los crímenes, después vio al ministro dentro del penal mientras los asesinatos aún se producían, y recibió la instrucción de su superior, Mario García Frech, de que estuviese tranquilo porque las autoridades superiores estaban al tanto de todo lo que ocurría.

La mayoría del tribunal consideró que Linares no es creíble. Primero por algunas contradicciones en su testimonio. Dijo que cuando entró a la casa de El Colombiano (donde sucedieron las ejecuciones de Pavón) había presos agonizantes, pero según los informes forenses, todos los reos fallecieron de manera casi inmediata. En las audiencias del juicio español aseguró que escuchó a Vielmann decir “que se apuren los ‘riveritas’ que tiene que entrar el MP”, pero eso carece de sentido, porque el equipo del comisario venezolano Víctor Rivera, no estaba presente ese día. (En realidad, su frase literal ha ido variando según el momento. En el mismo juicio español dijo “que se apuren los muchachos, o que se apuren aquellos”, aunque esto se omite en la sentencia).

Segundo, los magistrados conservadores estimaron que el testigo Linares mostró enemistad con García Frech, y que por tanto, su declaración estaría contaminada por su afán de incriminarlo. Tercero, la mayoría del tribunal valoró la posibilidad de que Linares declaró porque CICIG le ayudó a conseguir trabajo y residencia en Canadá.

Al otro testimonio importante, el de Raúl Flores Esquivel, tampoco se le dio credibilidad. Este agente retirado de la PNC declaró que vio a Vielmann cerca de la casa de “El Colombiano”, mientras hombre encapuchados y sin insignias policiales llevaban dentro del recinto, primero a un reo grueso con las manos esposadas a la espalda (Abraham Tiniguar, “Chocobolas”) y después a uno delgado de chumpa celeste (Jorge Batres, “El Colombiano”).

El tribunal optó por considerar su declaración “sumamente insegura e imprecisa”, básicamente por su forma de expresarse y porque es el único testigo que asegura haber visto a Vielmann cerca de la casa de El Colombiano.

Los magistrados Espejel y González tampoco tuvieron en cuenta los testimonios de Felipe Camajá y Guadalupe Reyes, dos policías que capturaron a Edwin Santacruz, uno de los fugados de El Infiernito, y lo entregaron a los hombres del comisario Víctor Soto Diéguez, quienes lo mataron en el cruce de Río Hondo, Zacapa en noviembre de 2005.

La fiscalía española decidió no citarlos a declarar, si no incorporar al sumario la grabación de una declaración que ofrecieron los dos policías en el juicio que se celebró en Guatemala contra Soto Diéguez y darle calidad de “prueba documental”. La mayoría conservadora del tribunal decidió no tener en cuenta estos audios, porque consideró que los dos agentes debieron ser convocados como testigos para que la defensa de Vielmann tuviese la oportunidad de interrogarlos.

Los policías Camajá y Reyes dieron declaraciones importantes. El primero vió al comisario Víctor Soto Diéguez hablar por teléfono con alguien al que se refería como “señor ministro”, cuando estaban en Río Hondo y el reo fugado Santacruz iba a ser ejecutado. El segundo participó en una reunión en la sede del Ministerio de Gobernación en la que estaba presente Vielmann en la que se dieron instrucciones sobre la recaptura de los presos que huyeron de El Infiernito: el llamado Plan Gavilán.

Cuando terminaron, el policía Reyes comentó a un superior, el subcomisario Víctor Manuel Ruiz González, “Mincho”, que le había extrañado la participación de las altas autoridades en la reunión. Según el policía Reyes, Mincho le contestó: “le quieren mandar un mensaje a los prófugos para que miren que aunque se salgan, siempre se mueren”.

Dos criterios

De Prada, el magistrado que por votó por condenar a Vielmann, consideró que el tribunal no debió obviar una parte tan sustancial de la acusación. El testimonio del teniente coronel Linares tenía que considerarse en su conjunto, no centrarse solo en algunas inconsistencias para descalificarlo. El del policia Flores Esquivel “simplemente fue una declaración poco fluida de alguien que estaba en videoconferencia, con audición deficiente y un bajo nivel cultural”. Los de los agentes Reyes y Camajá debieron incorporarse como pruebas, valorando que son policías humildes que viven en Guatemala, no cuentan con protección y no deseaban exponerse por seguridad a testificar en el juicio.

Para el magistrado progresista de Prada, estas evidencias eran suficientes para disipar las dudas razonables que albergaban los otros dos magistrados sobre la culpabilidad de Vielmann, por lo que no considerarlas fue decisivo.

Los magistrados Espejel y González, sin embargo, consideraron que ninguno de estos testimonios eran tan importante, incluido, el de Camajá. “Victor Soto pudo simular la comunicación para dar sensación de mayor autoridad frente a sus subordinados, o caso de ser cierta la comunicación con el Ministro, Soto pudo falsear la comunicación que transmitía”, aseguran los magistrados conservadores en la sentencia.

La puerta ahora está abierta para las apelaciones. Manuel Ollé, abogado particular de dos de los reos fallecidos, ya confirmó a la reportera Ximena Villagrán, de Prensa Libre, que prepara un recurso.

Mientras esto ocurre, Carlos Vielmann, quien durante siete años no pudo salir de las fronteras españolas, ya puede volver a casa en Guatemala.

Aquí puede descargar la sentencia (y la disidencia) completas.

Asier Andrés
/

Asier Andrés es un periodista español que trabajó en Guatemala por muchos años, en elPeriódico y ContraPoder. Es co-autor junto a Pilar Crespo del libro de Plaza Pública titulado ‘El coronel, el rector y el último decano comunista’, una investigación de tres años sobre el Archivo Histórico de la Policía Nacional.


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COMENTARIOS

RESPUESTAS

    alfonso villacorta /

    17/03/2017 7:43 PM

    si por un corto circuito hay un incendio y muertes, el responsable es el gerente, y la empresa tendrá qué responder por demandas e indemnizaciones, ni modo que se limitarían a decir que fue juan pueblo el electricista y no tiene petate dónde caer muerto y que fue sin mala fe, por lo que no hay culpables ni castigo ni indemnización

    ¡Ay no!

    ¡Nítido!

      Hector R /

      22/03/2017 11:25 AM

      Como dijeron las autoridades españolas, admitir su argumento sería admitir la responsabilidad objetiva en el derecho penal español, lo cual es incompatible.

      ¡Ay no!

      ¡Nítido!

    René Villatoro /

    17/03/2017 6:46 PM

    Qué bueno que ya dieron su veredicto, con el cual podemos estar de acuerdo o no, pero lo importante es que se sabe la verdad: En Pavón asesinaron a 7 reclusos, con toda la alevosía y ventaja. También determinaron que a 3 de los fugados, también los asesinaron y determinaron los jueces españoles, que dentro del ministerio de gobernación funcionaban (o funcionan?) grupos paramilitares dedicados a la "limpieza social". Que Vielman sea culpable o no de estos hechos, poco importa, se demostró fehacientemente que esos cuerpos paralelos existen, ya sea al amparo, contubernio o simplemente ignorancia de las autoridades, así que no nos extrañe que si alguien resulta "incómodo" a las autoridades, pues éstas simplemente decidan "anularlo", tirando al traste el estado de derecho que muchos dicen apoyar. Hoy la presunción de inocencia salvó a Vielman, a los guatemaltecos de a pie ¿nos ayudará?

    ¡Ay no!

    ¡Nítido!

    Peter Lim /

    17/03/2017 12:50 PM

    Durante la segunda entrega o tercera (no recuerdo bien) del juicio contra Vielman, había dicho que a Vielman lo declararían inocente y me llenaron de negativos! No es que me las quiera llevar de Nostradamus, pero era totalmente obvio que el tribunal español iba a desestimar la mayoría de testimonios de los testigos del MP y la CICIG puesto que provenían de personas de la peor calaña que existe en el país. Imaginemos que en un caso en donde se estuviese juzgando no a Vielman, sino al actual ministro de gobernación por la muerte extrajudicial del Capitán Lima y los testigos son los mismos reos y chontes corruptos del sistema penitenciario? Que posición tomarían ustedes lectores de este medio y cual sería la línea editorial de Nómada?

    Lo siento muchachones, pero se les cayó el trofeo medático que ya pensaban explotar al máximo. Autor o no, Vielman fue declarado inocente y eso hay que respetarse dentro de un estado de derecho, que es lo que estamos peleando por alcanzar acá en Guatemala.

    Saludos

    Posdata: esas mamadas de magistrados progres y conservadores ya son pendejadas, dejen de ver micos apareados y toda esa clase de suposiciones pedorras!

    ¡Ay no!

    5

    ¡Nítido!

      Choy /

      17/03/2017 1:35 PM

      Excelente dicho se termino el tiempo en el que lo real la verdad y la realidad era censurado por la hipocresía la demagogia y la ideología de ONG' activistas y "cooptadores" disfrazados, ya las voces se están levantando para llevar a juicio a los Oenejeros oportunistas y gente de la UNE que ya es imposible que tapen el sol con un dedo con casos como el de la señora Lapola, Menocal, transurbano, bolsas solidarias, Rosenberg y los periodistas suicidados, les toca ahora sí les toca a los peludos...y a Baldizon también

      ¡Ay no!

      5

      ¡Nítido!

    Lucas /

    17/03/2017 9:45 AM

    Algunas lecciones importantes.
    1.- Que los funcionarios dejen de abusar del poder y llevarselas de Tropical Avengers. Tan solo sean profesionales.
    2.- El asesinato de cualquier persona es eso: Un asesinato, quien acepta una mentira las acepta todas, dicho de otra manera Dos cosas malas sumadas no dan como resultado una cosa Buena. Pero alla cada quien con su logica.
    3.- Quien sale a decir que este personaje CV es un heroe es tan propio como aquel que justifica los muertos de la guerrilla.
    4.- Eso ha dicho la justicia y lo absolvio, es un triunfo del derecho.

    ¡Ay no!

    ¡Nítido!

    iMorales /

    16/03/2017 9:36 PM

    Bueno...... libre Vielman, también hay vía libre para aplicar__la ley fuga !!!

    ¡Ay no!

    ¡Nítido!

    César A. /

    16/03/2017 6:56 PM

    Excelente, como lo mantuve antes y lo sigo haciendo: ¡Son héroes tratados como delincuentes!.
    Mientras los delincuentes como Menchu, Monsanto, Torres, etc siguen viviendo del conflicto y subsidiando blogs como este para seguir impunes.

    ¡Ay no!

    9

    ¡Nítido!

    Alla en la haya /

    16/03/2017 6:52 PM

    "In dubia pro reo: ante la duda, se debe favorecer el reo."

    Son situaciones que se dan donde existe un estado de derecho funcional.

    Ahora yo me pregunto: si estos personajes pudieran regresar el tiempo, obrarian de la forma en que en ese entonces lo hicieron?

    Quiero creer que no.

    Esa es la leccion para ellos y para futuros funcionarios en esos puestos de autoridad: no repetir la historia.

    ¡Ay no!

    ¡Nítido!

      El Visor GT /

      21/03/2017 3:07 PM

      Es "IN DUBIO PRO REO"

      ¡Ay no!

      ¡Nítido!

    Choy /

    16/03/2017 5:54 PM

    Un sistema internacional de Europa un juicio imparcial y con altos estándares logró determinar su inocencia, triste lo sucedido en Pavon pero de qué estas personas si estaban trabajando para cuidarnos a todos si lo hicieron y detuvieron muchos secuestros robos y asesinatos

    La Justicia no tiene ideología en sistemas de países avanzados solo un demagogo quisiera ver lo contrario

    ¡Ay no!

    7

    ¡Nítido!

      César A. /

      16/03/2017 6:58 PM

      Muy bien dicho! En cualquier lado del mundo cuando un delincuente te dispara podes defenderte. Sólo acá los maleantes tienen más derechos humanos que los ciudadanos respetuosos de la ley.

      ¡Ay no!

      7

      ¡Nítido!

    Ricardo Torres /

    16/03/2017 4:53 PM

    Excelente que lo liberaron, gracias Sr. Vielman por acabar con esas lacras en prision.

    ¡Ay no!

    5

    ¡Nítido!

      Juan /

      16/03/2017 8:42 PM

      Que necio! Fue ABSUELTO

      ¡Ay no!

      ¡Nítido!

    rh /

    16/03/2017 4:02 PM

    Que bueno que este libre Vielmann. Guatemala 1, mareros 0.

    ¡Ay no!

    5

    ¡Nítido!



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