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Reapertura: estos son los requisitos que deberán cumplir los viajeros

Para este viernes 18 de septiembre las autoridades de Gobierno han previsto la reapertura de fronteras en todo el país, esto luego de permanecer por casi seis meses cerradas por la pandemia Covid-19. Ante ello, el Instituto Guatemalteco de Migración ha informado sobre los protocolos a seguir para el ingreso a territorio nacional, ya sea vía aérea, terrestre o marítima.

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Aeropuerto La Aurora. Foto: Diario de Centroamérica

Las fronteras de Guatemala fueron cerradas parcialmente el pasado 11 de marzo, cuando el presidente Alejandro Gimmattei prohibió el ingreso de turistas provenientes de Europa y Asia, lugares donde el nuevo virus impactó fuertemente. Dos días después, el mandatario confirmó el primer caso, lo que generó el cierre total de las mismas.

En los protocolos establecidos por las autoridades se establecen las medidas y restricciones sanitarias que debe seguir todo aquel que desee ingresar a Guatemala. Entre ellas está presentar una prueba PCR o de Antígeno de Covid-19 negativa, con no más de 72 horas de habérsela realizado. De lo contrario, deberán firmar una declaración jurada de compromiso de realizar cuarentena obligatoria por 14 días.

Para el ingreso aéreo, estas son las medidas impuestas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social:

· Acceso al Aeropuerto restringido solo a pasajeros.

· Prueba PCR o antígeno, no más de 72 horas previas (aplica personas ≥10 años) para pasajeros que ingresan al territorio nacional.

· Los pasajeros que no puedan realizarse una prueba de PCR o antígeno deben certificar, bajo declaración jurada, su compromiso al cumplimiento de cuarentena obligatoria.

· Llenado de APP de datos (aplicación móvil), no más de 24 horas antes del viaje.

· Uso mascarilla obligatoria para personas mayores de 2 años. (Las aerolíneas deberán proporcionar al que no lleve). *Se exceptúa del uso de mascarillas a pasajeros con dificultades respiratorias o cognitivas severas que no las toleran.

· Pasaporte vigente y visa si corresponde.

Ingreso marítimo y terrestre:

· Prueba PCR o antígeno, no más de 72 horas previas (aplica personas ≥10 años) para pasajeros que ingresan al territorio nacional.

· Los pasajeros que no puedan efectuarse una prueba de PCR deben certificar, bajo declaración jurada, su compromiso al cumplimiento de cuarentena obligatoria.

· Llenado de la forma o APP (aplicación móvil) de datos, no más de 24 horas antes del viaje.

· Uso mascarilla obligatoria para personas mayores de 2 años.

· Pasaporte vigente y visa si corresponde.

Los protocolos para cumplimiento de cuarentena

Según los protocolos, las personas que no puedan documentar la negatividad de la prueba de covid-19 dentro de las 72 horas a su arribo o durante el arribo, deberán cumplir cuarentena obligatoria de la siguiente manera:

· Los individuos deben ir directamente del puerto de entrada al lugar de la cuarentena estipulada según la norma.

· El Ministerio de Salud puede, de acuerdo con una evaluación del riesgo, decidir permitir el uso de la cuarentena domiciliaria si se justifica.

· Se impartirá educación de la salud sobre la cuarentena a todas las personas que ingresen, la cual estará enfatizada en la mitigación de los riesgos, los síntomas de infección por Covid-19 y los consejos para una vida sana en la cuarentena.

· Monitoreo de cuarentena: todos los individuos en cuarentena deberán mantener auto monitoreo de síntomas diarios durante 14 días.

· El pasajero se compromete a reportar su estado de salud a las autoridades en caso inicie con síntomas sospechosos de coronavirus.

· Todo individuo que presente signos de síntomas compatibles con covid-19 debe ser evaluado por el personal médico y posiblemente se le exija que se someta a pruebas (o nuevamente).

· El individuo sintomático debe considerarse como “presuntamente positivo” (hasta que se descarte lo contrario) a los efectos de la prevención y el control de la infección y la mitigación de los riesgos.

· Terminación de la cuarentena: Se permite salir de la cuarentena a las personas que permanecen asintomáticas después de 14 días de cuarentena y sin nuevas exposiciones al virus.

De acuerdo con las autoridades, los menores de dos años y las personas que padezcan alguna enfermedad cognitiva o respiratoria, podrán no utilizar mascarilla, pero para el resto de pasajeros o visitantes el uso de la misma es obligatorio.


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