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Uso excesivo de la prisión preventiva y la violación de la presunción de inocencia. Por estas violaciones al debido proceso, ¿la ONU compensará a las víctimas?

Sandra Jovel

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Esta afirmación es falsa porque este es un tema del Organismo Judicial. No del MP y, menos, de la CICIG que funciona únicamente como querellante adhesivo en los casos. “Los jueces ordenan las prisiones provisionales. Las fiscalías son objetivas y piden la prisión provisional dependiendo de las circunstancias”, expone Alejandro Ballsels, ex-presidente de CEDECON y abogado constitucionalista. A lo que Eduardo Stein, ex-vicepresidente de Guatemala, agrega que “la prisión preventiva no tiene que ver con la CICIG sino con el Código Penal guatemalteco”. Tampoco hay violación de la presunción de inocencia porque la Constitución prohibe a la PNC presentar a los sindicados ante los medios. No al MP presentar sus evidencias. El exfiscal, Julio Prado, explica que “pueden defenderse ante el juez donde siguen siendo inocentes”. Sobre la compensación de la ONU a las “víctimas” de CICIG, Ballsels lo calificó de ridículo y profundizó que “el derecho de cobrar indemnización lo tienen todos quienes hayan estado presos y salgan absueltos, pero se hace al Estado no a la ONU”.

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